Ningún tipo de establecimiento que funcione en el ámbito de ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca podrá ejercer actividad financiera prevista en artículo 1º, sin cumplir con los requisitos establecidos en la ordenanza. El incumplimiento de los requisitos establecidos será pasible de las sanciones previstas en el artículo 113 del Código Municipal de Faltas. Vencido dicho plazo, inspectores de la subdirección de Inspección General procederán a la clausura preventiva de locales que no cumplan con lo establecido en dicha ordenanza. Cabe recordar que desde la dirección de Comercio de la provincia se efectuaron los controles correspondientes de las casas de préstamos y financieras, e inclusive en comercios que ofrecen esta posibilidad, exigiendo que deberán modificar sus instalaciones edilicias para funcionar y evitar ser clausuradas, por lo que en el período de noventa días dados como prórroga, deberán adecuarse a la nueva directiva de aplicación del decreto para la erradicación de la usura, que ya se mantiene en vigencia, estableciendo definitivamente no ejercer en un mismo lugar la venta de productos y el ofrecimiento de préstamos.
lunes, 30 de julio de 2012
La Provincia. Inicia controles en financieras y casas de préstamos
La municipalidad de San Fernando del Valle de Catamarca, a través de la subdirección de Inspección General, informa a todos lo propietarios de aquellos establecimientos financieros, casas de préstamos y créditos de dinero instalados dentro del ejido municipal, que deberán en un plazo no mayor de 10 días, cumplir con la habilitación para tal fin, contemplado en la ordenanza 5299/11, en oficinas ubicadas en calle Casero esquina Prado.
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